Calculadora de IBI estimado en Madrid
Estimá cuánto vas a pagar de IBI cada año por tu vivienda en Madrid a partir del valor catastral y el tipo de gravamen del municipio. Resultado anual y mensualizado para presupuestar la casa.
Calcular el IBI anual
¿Cómo se calcula el IBI en Madrid?
El IBI es un impuesto municipal anual que grava la propiedad de bienes inmuebles. La fórmula es simple: cuota = valor catastral × tipo de gravamen. Lo complicado es saber qué tipo te aplica.
En Madrid capital, la ordenanza fiscal del IBI fija para 2025 un tipo del 0,456% para inmuebles de uso residencial urbano. Para inmuebles de características especiales (BICE) o industriales el tipo es distinto.
El pago del IBI suele hacerse en uno o dos plazos durante el segundo semestre del año. La Agencia Tributaria Madrid lo notifica al titular registrado a 1 de enero.
Tabla comparativa por valor catastral
| Valor catastral | Madrid capital 0,456% | Tipo medio CAM 0,6% | Tipo máximo 0,9% |
|---|---|---|---|
| 50.000 € | 228 €/año | 300 €/año | 450 €/año |
| 85.000 € | 388 €/año | 510 €/año | 765 €/año |
| 120.000 € | 547 €/año | 720 €/año | 1.080 €/año |
| 180.000 € | 821 €/año | 1.080 €/año | 1.620 €/año |
Cómo usar esta calculadora
- Localizar el valor catastral del inmueble. Mirá el recibo del IBI del año anterior: figura en la parte superior. Si no lo tenés, podés consultarlo en la sede del Catastro con certificado digital o referencia catastral.
- Identificar el tipo de gravamen del municipio. Buscá la ordenanza fiscal vigente del IBI en la sede electrónica de tu ayuntamiento. Madrid capital aplica 0,456% al uso residencial. Otros municipios de la CAM (Getafe, Pozuelo, Móstoles, Las Rozas) pueden tener tipos distintos.
- Considerar bonificaciones aplicables. Hay bonificaciones potenciales por familia numerosa, instalación de energías renovables, vivienda protegida y otros supuestos según municipio. La calculadora estima la cuota bruta; aplicá las bonificaciones después.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el IBI: el comprador o el vendedor?
Lo paga quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La práctica habitual en compraventas es prorratearlo entre comprador y vendedor por los días que cada uno fue propietario durante el año, aunque legalmente lo asume el titular a 1 de enero.
¿Es lo mismo el valor catastral que el valor de referencia?
No. El valor catastral lo asigna el Catastro y se usa para el IBI; suele ser entre el 30% y el 50% del valor de mercado. El valor de referencia es distinto: se introdujo en 2022 para el ITP y otros impuestos sobre transmisiones, no para el IBI.
¿Cuándo se paga el IBI en Madrid?
El ayuntamiento de Madrid permite pagar el IBI en dos plazos: el primero entre mayo y junio, el segundo en noviembre. Si tenés domiciliado el pago en cuenta, accedés a una bonificación adicional del 5% sobre la cuota.
¿Puedo recurrir el valor catastral si me parece alto?
Sí. Podés solicitar una rectificación al Catastro si encontrás errores en los datos físicos (superficie, número de plantas, antigüedad) o jurídicos. Si la revisión te da la razón, las cuotas de IBI futuras y, en su caso, las ya pagadas se ajustan.
Bonificaciones más comunes en la Comunidad de Madrid
El TRLHL permite a los ayuntamientos aplicar bonificaciones potestativas, que cada municipio recoge en su ordenanza fiscal:
- Familia numerosa: bonificación de hasta el 90% según número de hijos y valor catastral.
- Energías renovables: bonificación temporal por instalar paneles solares o sistemas de aprovechamiento térmico.
- Vivienda protegida: bonificación del 50% durante los 3 primeros años desde la calificación definitiva.
- Inmuebles arrendados con renta limitada: bonificaciones específicas en algunos municipios.