Calculadora deducción IRPF alquiler joven Madrid
Calculá la deducción autonómica del IRPF por alquiler de vivienda habitual para menores de 35 años en la Comunidad de Madrid. Aplicá el 30% de la renta anual con tope de 1.237,20 € sobre tu cuota íntegra autonómica.
Calcular deducción autonómica
¿En qué consiste la deducción de la CAM?
La Comunidad de Madrid permite que los inquilinos menores de 35 años deduzcan en su IRPF el 30% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual durante el ejercicio fiscal, hasta un límite máximo de 1.237,20 € al año.
Es una deducción autonómica, lo que significa que reduce solo la cuota íntegra autonómica del IRPF, no la estatal. Esto es importante para entender el ahorro real: si tu cuota autonómica antes de deducciones es de 2.000 €, después de aplicar 1.237,20 € te queda 762,80 €.
Tabla comparativa por renta mensual
| Renta mensual | Renta anual (12 meses) | 30% bruto | Deducción aplicable (con tope 1.237,20 €) |
|---|---|---|---|
| 500 € | 6.000 € | 1.800 € | 1.237,20 € |
| 700 € | 8.400 € | 2.520 € | 1.237,20 € |
| 344 € | 4.124 € | 1.237 € | 1.237,20 € (umbral) |
| 300 € | 3.600 € | 1.080 € | 1.080 € |
| 200 € | 2.400 € | 720 € | 720 € |
El tope de 1.237,20 € se alcanza con rentas superiores a aproximadamente 344 €/mes. Para rentas más altas, igualmente solo aplicás el tope.
Cómo usar esta calculadora
- Verificar que cumplís los requisitos. Esta deducción aplica solo si tenés menos de 35 años a 31 de diciembre del ejercicio, sos residente fiscal en la Comunidad de Madrid, y tu base imponible no supera 25.620 € (individual) o 36.200 € (conjunta). Además, el arrendador debe haber depositado la fianza en la Agencia de Vivienda Social.
- Calcular la renta anual pagada. Multiplicá la mensualidad por los meses arrendados. Si la renta cambió durante el año (subida por IPC, por ejemplo), sumá mes a mes para mayor precisión.
- Aplicar la deducción en la declaración. Cuando completés el modelo 100 del IRPF en la Comunidad Autónoma, encontrarás la casilla de deducción autonómica por arrendamiento. El sistema verifica los topes; aplicalo sobre la cuota íntegra autonómica.
Preguntas frecuentes
¿La deducción es de Madrid o también es estatal?
Es autonómica exclusiva de la Comunidad de Madrid. La deducción estatal por alquiler para inquilinos solo aplica a contratos firmados antes del 1 de enero de 2015 (régimen transitorio). Si tu contrato es posterior, solo podés acceder a la autonómica.
¿Qué pasa si cumplo 35 años durante el ejercicio fiscal?
El requisito es tener menos de 35 años a 31 de diciembre. Si los cumplís durante el año, ese ejercicio no podés aplicar la deducción. La fecha de cumpleaños no importa: solo cuenta tu edad al cierre del año fiscal.
¿Y si vivo con mi pareja y los dos somos titulares del contrato?
Cada uno puede aplicar la deducción por la parte que paga, siempre que cumpla individualmente los requisitos (edad y base imponible). Si ambos sois menores de 35 y figuran los dos en el contrato, ambos podrían aplicar el 30% sobre su parte respectiva con sus propios topes.
¿Cómo justifico la deducción ante Hacienda?
Tenés que conservar el contrato de alquiler, los recibos de pago (transferencias bancarias o recibos firmados) y el justificante de depósito de fianza en la Agencia de Vivienda. Hacienda no pide nada al presentar la renta pero puede requerirlo en una inspección posterior dentro del plazo de 4 años.
Requisitos completos de la deducción CAM
Para aplicar la deducción tenés que cumplir todos estos requisitos:
- Edad: menos de 35 años a 31 de diciembre del ejercicio fiscal.
- Residencia fiscal: en la Comunidad de Madrid durante todo el ejercicio.
- Vivienda habitual: el alquiler debe ser de tu vivienda habitual, no de una segunda vivienda ni de uso turístico.
- Base imponible: la suma de tu base imponible general + del ahorro no debe superar 25.620 € en tributación individual o 36.200 € en conjunta.
- Depósito de fianza: el arrendador debe haber depositado la fianza en la Agencia de Vivienda Social de Madrid. Si no la depositó, podés exigir el justificante o denunciarlo.
- Importes mínimos: las cantidades pagadas durante el año deben superar el 10% de tu base imponible.