Cita de Asilo en Madrid 2026: Cómo Pedirla Paso a Paso

La cita de asilo en Madrid es el primer paso obligatorio para solicitar protección internacional en España. Se pide a través de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) o de las comisarías habilitadas del Cuerpo Nacional de Policía. En 2026, el sistema combina cita telefónica, presencial y online, con tiempos de espera que oscilan entre 4 y 9 meses según la oficina. En esta guía actualizada encontrarás todos los teléfonos, direcciones, requisitos, documentos y pasos para conseguir tu cita y tramitar tu solicitud de asilo en Madrid.

¿Qué es la cita de asilo en Madrid y para qué sirve?

La cita de asilo en Madrid es la convocatoria oficial que recibe la persona solicitante para formalizar su petición de protección internacional ante la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior. Sin esta cita no es posible iniciar el procedimiento ni obtener el resguardo provisional que acredita la condición de solicitante.

El procedimiento se regula por la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria y por el reglamento de desarrollo aprobado en 2025. La solicitud puede hacerse por dos vías reconocidas:

  • Manifestación de voluntad: primer trámite en el que la persona expresa su intención de pedir asilo. Se realiza por teléfono o de forma presencial en una comisaría.
  • Formalización de la solicitud: entrevista personal con un instructor de la OAR donde se documenta el caso. Es a esta segunda fase a la que se accede mediante la cita oficial.

Una vez formalizada la petición, la persona recibe un resguardo blanco con su número de expediente y, transcurrido un mes, la conocida tarjeta roja, que la autoriza a permanecer legalmente en España mientras se resuelve el expediente.

¿Cómo pedir cita previa de asilo en Madrid en 2026?

En Madrid existen tres canales oficiales para conseguir cita de asilo: el teléfono específico de protección internacional, la sede electrónica del Ministerio del Interior y la presentación presencial en comisaría. La opción más utilizada en 2026 es la telefónica, ya que el cupo presencial se agota en pocos minutos.

Teléfono de cita de asilo en Madrid

El número habilitado por la Policía Nacional para pedir cita de asilo en Madrid es el 060 (atención al ciudadano de la Administración General del Estado), operativo de lunes a viernes de 8:00 a 19:00. También puedes llamar directamente al 91 322 11 00, número de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Madrid.

Si tu caso es urgente o estás en situación de calle, llama al 91 537 21 00 de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), que coordina con la Policía la atención prioritaria.

Cita online en la sede electrónica

La cita previa también puede solicitarse en sede.administracionespublicas.gob.es, dentro del trámite «Manifestación de voluntad de solicitar protección internacional – Madrid». El sistema libera huecos cada lunes a las 10:00 y se cubre en menos de 30 minutos.

Para reservar online necesitas un correo electrónico válido y, si lo tienes, el número de pasaporte. No es obligatorio disponer de NIE ni de empadronamiento previo, pero sí es muy recomendable haber pasado antes por una ONG de ayuda a inmigrantes en Madrid para preparar la documentación.

Cita presencial en comisaría

Algunas comisarías de Madrid permiten manifestar la voluntad de asilo sin cita previa, aunque el aforo diario es muy limitado. Las más utilizadas son la Comisaría de Extranjería de Aluche (Avenida de los Poblados, s/n) y la Comisaría Centro (Calle Leganitos, 19).

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La OAR principal está en Calle Pradillo 40, 28002 Madrid, pero solo atiende solicitudes con cita confirmada y exclusivamente para la formalización del expediente, no para la primera manifestación de voluntad.

Documentos necesarios para la cita de asilo en Madrid

Para asistir a la cita de asilo en Madrid debes presentar una documentación mínima que acredite tu identidad y los motivos de tu petición. La falta de pasaporte no impide solicitar asilo, pero retrasa el procedimiento.

Documento Obligatorio Observaciones
Pasaporte o documento de identidad Sí (si se dispone) Si no se tiene, se justifica en la entrevista
2 fotografías tamaño carnet Fondo blanco, recientes
Empadronamiento en Madrid Recomendable Acelera la asignación de tarjeta roja
Pruebas del motivo de persecución Recomendable Documentos, denuncias, informes médicos
Billete de entrada a España Recomendable Para acreditar fecha de llegada
Tarjeta sanitaria o informe médico Opcional Si hay condiciones de vulnerabilidad

Toda la documentación debe presentarse en español o traducida por traductor jurado. Las traducciones que ofrecen las ONG (CEAR, ACCEM, Cruz Roja) son aceptadas por la OAR sin coste para la persona solicitante.

Importante: No tener pasaporte ni documentos no es causa de denegación de asilo. La Convención de Ginebra de 1951 reconoce el derecho a solicitar protección incluso sin documentación de origen.

Paso a paso: cómo solicitar asilo en Madrid en 2026

El procedimiento completo de asilo en Madrid se desarrolla en cuatro etapas claramente diferenciadas, desde la primera llamada hasta la resolución final del expediente. Conocer cada paso te permite planificar mejor los plazos y la documentación.

  1. Manifestación de voluntad: llama al 060 o al 91 322 11 00 y solicita cita para «manifestar voluntad de pedir asilo en Madrid». También puedes presentarte sin cita en la Comisaría de Aluche.
  2. Cita asignada: recibirás por teléfono o SMS la fecha de tu cita en una de las comisarías habilitadas. La espera media en 2026 es de 4 a 9 meses.
  3. Entrevista de formalización: el día de la cita, un instructor te entrevista, levanta acta y te entrega un resguardo blanco con tu número de expediente.
  4. Tarjeta roja y resolución: al mes recibes la tarjeta roja, que se renueva cada 6 meses. La resolución del expediente puede tardar entre 12 y 24 meses.

Durante todo el procedimiento puedes contar con asistencia jurídica gratuita. Si necesitas asesoramiento especializado, puedes consultar nuestra guía de abogado de extranjería en Madrid o acudir directamente a las ONG mencionadas más arriba.

¿Cuánto tarda en darse la cita de asilo en Madrid?

En 2026, el tiempo medio de espera para una cita de asilo en Madrid oscila entre 4 y 9 meses, según datos de la propia Oficina de Asilo y Refugio. Los plazos varían según la nacionalidad, la oficina y la carga de trabajo del momento.

Trámite Tiempo medio en Madrid (2026)
Cita para manifestar voluntad 4-9 meses
Entrega de resguardo blanco Mismo día de la entrevista
Tarjeta roja 1 mes desde la entrevista
Autorización para trabajar 6 meses desde la solicitud
Resolución del expediente 12-24 meses

El Ministerio del Interior priorizó en 2026 los expedientes de personas procedentes de Ucrania, Sudán, Afganistán, Venezuela y Mali, así como los de menores no acompañados, mujeres víctimas de violencia y personas con condiciones médicas graves.

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Diferencia entre asilo y protección subsidiaria en España

España reconoce dos figuras distintas de protección internacional, ambas reguladas por la Ley 12/2009. Aunque el procedimiento de cita y solicitud es idéntico, los requisitos para cada tipo difieren sustancialmente.

  • Asilo (Estatuto de refugiado): se concede a personas con temor fundado de persecución por razones de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, género, orientación sexual o pertenencia a un grupo social.
  • Protección subsidiaria: se concede a personas que no cumplen los requisitos de asilo pero que en su país de origen sufrirían daños graves, como pena de muerte, tortura o amenazas indiscriminadas por conflictos armados.
  • Razones humanitarias: figura excepcional para quienes no cumplen ninguno de los dos requisitos anteriores pero presentan circunstancias especiales (enfermedad grave, arraigo, vulnerabilidad).

Las tres figuras dan derecho a permanecer en España, trabajar sin permiso adicional y acceder a la sanidad pública. La principal diferencia está en la duración: el asilo se concede por 5 años renovables, la protección subsidiaria también, y la razón humanitaria por 1 año.

Derechos de las personas solicitantes de asilo en Madrid

Desde el momento en que se formaliza la solicitud, la persona accede a un conjunto de derechos garantizados por la legislación española y por los convenios internacionales firmados por España. La tarjeta roja es el documento que acredita estos derechos.

Consejo: Conserva siempre el resguardo blanco original aunque ya tengas la tarjeta roja. Es el único documento que prueba la fecha de inicio del procedimiento.

Los principales derechos de la persona solicitante de asilo en Madrid son:

  • Permanencia legal en España: mientras se tramita el expediente, no pueden ser expulsadas.
  • Asistencia sanitaria gratuita: mediante la tarjeta sanitaria del SERMAS al empadronarse.
  • Educación obligatoria: los menores tienen acceso pleno al sistema educativo madrileño.
  • Asistencia jurídica gratuita: abogado y traductor de oficio en todas las fases del procedimiento.
  • Programa de acogida: alojamiento temporal y manutención durante 18 meses (24 para vulnerables) en plazas gestionadas por CEAR, ACCEM y Cruz Roja.
  • Autorización para trabajar: a partir del sexto mes desde la presentación de la solicitud, siempre que el expediente siga abierto.

Si necesitas información complementaria sobre otros trámites de extranjería, consulta nuestra guía sobre trámites de extranjería en Madrid, donde detallamos los procedimientos paralelos al de asilo.

¿Qué pasa si te deniegan la cita o el asilo en Madrid?

La denegación puede producirse en dos momentos: cuando no consigues que te asignen cita después de meses intentándolo, o cuando la OAR resuelve negativamente tu expediente tras la entrevista. En ambos casos existen vías de recurso reconocidas por la ley.

Si llevas más de 6 meses solicitando cita sin éxito, puedes presentar un recurso por silencio administrativo ante el Defensor del Pueblo o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Las ONG especializadas (CEAR, ACCEM, Pueblos Unidos, Karibu) tramitan estos recursos sin coste.

Si la denegación se produce tras la entrevista, dispones de 2 meses para interponer recurso de reposición ante el Ministro del Interior y 6 meses para recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Durante el proceso de recurso, la tarjeta roja se mantiene vigente.

Preguntas Frecuentes sobre la cita de asilo en Madrid

¿Puedo trabajar mientras espero la cita de asilo?

No. Solo puedes trabajar legalmente a partir del sexto mes después de haber formalizado la solicitud, no desde la manifestación de voluntad. Hasta entonces, no se autoriza ningún tipo de empleo.

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¿Es gratis pedir cita de asilo en Madrid?

Sí. Todo el procedimiento de asilo en España, incluida la cita, la entrevista, la asistencia jurídica y la traducción, es completamente gratuito. Ningún funcionario ni intermediario puede cobrar por este trámite.

¿Qué es la tarjeta roja del asilo?

Es el documento de identidad provisional que se entrega a las personas solicitantes de asilo en España. Acredita la situación legal, autoriza la permanencia y, a partir del sexto mes, también el trabajo. Se renueva cada 6 meses hasta la resolución del expediente.

¿Puedo viajar fuera de España con la tarjeta roja?

No. La tarjeta roja solo permite circular dentro del territorio español. Salir del país durante el procedimiento equivale al desistimiento de la solicitud y supone perder la protección. Existen excepciones por razones humanitarias debidamente acreditadas.

¿Qué pasa si llego a Madrid sin pasaporte?

Puedes solicitar asilo igualmente. La Convención de Ginebra reconoce el derecho a pedir protección sin documentación. En la entrevista deberás explicar las circunstancias de tu salida, y la OAR aceptará tu declaración como punto de partida del expediente.

¿Puedo empadronarme antes de tener la tarjeta roja?

Sí. El Ayuntamiento de Madrid permite el empadronamiento de personas solicitantes de asilo con el resguardo blanco. El empadronamiento es clave para acceder a la sanidad pública, los servicios sociales y los programas de acogida.

¿Puedo llevar a mi familia si me conceden el asilo?

Sí. Las personas reconocidas como refugiadas o con protección subsidiaria tienen derecho a la extensión familiar de protección para cónyuge, pareja de hecho registrada e hijos menores. Se solicita a la OAR tras la concesión.